A LA VISTA.
Se dice de la compraventa cuyo precio se paga mediante la entrega de la cosa. Así se denomina la letra de cambio cuando debe pagarse a su presentación. Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento. (v. Pagaré.)
Se dice de la compraventa cuyo precio se paga mediante la entrega de la cosa. Así se denomina la letra de cambio cuando debe pagarse a su presentación. Documentos a la vista son aquellos en que la obligación puede hacerse exigible en cualquier momento. (v. Pagaré.)
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