jueves, 31 de marzo de 2016

ABSOLUTORIO o ABSOLUTORIA.

ABSOLUTORIO o ABSOLUTORIA.

Se designa así al auto, fallo o sentencia judicial (civil o 7 criminal), que declara libre de la acusación, pena, delito o deuda por que era demandado el reo o por los cuales era acusado o estaba sufriendo detención o condena. (v. Absolución.) 

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